DESTACADOSTERMAS RIO HONDO

VIDEO/Inverosímil e inédita puja judicial entre Santiago y Buenos Aires que mantiene paralizada la prueba central de una causa por supuesto abuso sexual de un niño

Por Luis «Charly» Carabajal – Parte 1. Santiago del Estero, 31.08.26 Es el caso que tomó estado público, a nivel nacional, del niño de 8 años, oriundo de Termas de Río Hondo, hoy internado en el Hospital Garraham, tras haber sido trasladado por su progenitor a la provincia de Buenos Aires. Es de capital importancia, para esclarecer el hecho, que tiene muchos ribetes – que se tratan de ocultar con incidentes procesales muy rebuscados y carentes de consistencia jurídica a lo que se suma el bagaje de personajes, incluso de funcionaria asesora de la Justicia local, que aboga que la causa la llevan adelante los porteños-, por lo que se impide que el menor sea sometido a Cámara Gesell, que en 3 ocasiones (24 de julio y 21 y 28 de agosto) no pudieron llevarse a cabo por “interferencia” de la Justicia de la CABA, según entiende el juez de la causa, Dr. Diego Vittar.
Este tema fue motivo de análisis en el «streaming» @editorialstream por Luis «Charly» Carabajal y Luis Fernando Lagar.

La determinación del padre, según se supo, se habría ajustado a la fabulación de supuestos malos tratos de la madre y de relatos de supuestos casos de abuso que habría sufrido el menor bajo potestad de su progenitora y un entorno de amigos, lo que nunca se demostró y la Justicia de crimen estableció, con su gabinete profesional, que lo argumentado y sostenido no se ajusta a la verdad.

Para la querella de la madre, en función de los acontecimientos desarrollados, se va formulando la intención y ánimo inocultable del padre y del padrino de quitarle a la progenitora la tenencia del menor.

El 24 de agosto, la abogada de la madre, Dra. Nataly Montero, anticipó un amparo para conseguir el traslado del niño a Santiago. Sostiene que la declaración debía hacerse respetando el procedimiento local y advierte sobre posibles nulidades si se realizaba desde Buenos Aires. También cuestionó la prolongada permanencia hospitalaria del menor.

Al analizar los detalles del caso, y las distintas escenas registradas para el esclarecimiento del caso, llama la atención el involucramiento, intromisión, obstrucción o “interferencia” del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 82 que, desconociendo el protocolo de protección de niños, niñas y adolescentes en casos de abuso sexual, de raigambre constitucional dado que adhiere a normativa internacional vigente, se desconoce de hecho. El aludido juzgado, dictó una medida de no innovar. Desde Buenos Aires se sostiene que el niño no debía ser trasladado nuevamente a Santiago mientras se evaluaba su situación y eventual riesgo. Es aquí donde comienza a configurarse el fuerte conflicto entre ambas jurisdicciones.

El abuso sexual vulnera derechos esenciales de Niños, Niñas y Adolescentes, provocando daños en la integridad física, psíquica y moral de los afectados, por lo que la implementación del Protocolo es un cambio de paradigma. Su premisa es garantizar el cumplimiento de Convenciones y Tratados Internacionales, así como también lo establecido en la legislación nacional y provincial sobre Derechos de los Niño, Niñas y Adolescentes.

Para ello, la Justicia santiagueña trabajó conjuntamente con distintas reparticiones estatales y organizaciones no gubernamentales, siguiendo los lineamientos sugeridos por UNICEF Argentina y la Asociación por los Derechos Civiles.

Mediación de la Dra. Lía Irene Cabrera Moisés, Asesora Tutelar de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces de 2° Nominación

Párrafo aparte, llamó la atención, según trascendió, la intervención colaborativa, con resultado poco feliz o fallido de la al Dra. Lía Irene Cabrera Moisés, quien increiblemente es Asesora Tutelar de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces de 2° Nominación en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa, quien habría interpuesto “sus buenos oficios” ante la defensora oficial de Río Hondo y Jiménez, Dra. Ana Silvia Gerez, que ajustada a Derecho -como representante del niño-, solicitó al juez de la causa, Dr. Diego Vittar, el allanamiento del Hospital Garrahan y la restitución del menor con auxilio de la fuerza pública, invocando la Ley 22.172.

La Dra. Cabrera Moisés, le habría solicitado de manera “un poco más que vehemente” a la Defensora Oficial que diera lugar a las pretensiones de la Justicia de la CABA, que a través de la Dra. María Soledad Valente, del Ministerio de la Defensa Pública de Menores e Incapaces, es la que obstaculiza el traslado del menor y que propicia que la requerida Cámara Gesell sea en modo “on line”, contraviniendo mecanismos expresos para su realización en la jurisdicción de Termas de Río Hondo, tratando a la justicia provincial como de cuarta categoría, arrogándose un poder total para manejar la causa.

Así, la causa en vez de desarrollarse normalmente en el espacio y ámbito jurisdiccional donde debe esclarecerse el hecho, se pretende se ventile en extraña jurisdicción dándose de patadas con legislación y jurisprudencia pétrea que así lo manda.

Cabe preguntarse qué interés se quiere privilegiar? La verdad, la justicia o el ánimo de quitar “per se” o a como dé lugar la tenencia del menor para satisfacer oscuros intereses que se van detectando a nivel de la justicia porteña y de la infraestructura local de la Justicia.

También se registraron otros pasos de inocultable valor. Todo para que la causa se instruya desde la CABA. El porque se internó al menor en el Garraham, se presume obedecería a la influencia de la politóloga, Cecilia Nicolini, quien no estaría ajena a este entramado, ex asesora del mencionado nosocomio, durante la gestión de Alberto Fernández, vinculada al caso de las vacunas, la misma tendría vínculos con el padrino del menor, el influyente empresario Mario R. Nicolini.

En el caso se observa el accionar material del padre del niño, detenido en Las Termas de Río Hondo, desde el 3 de agosto, por disposición de la justicia de Crimen, a cargo del Dr. Diego Vittar, pordesobediencia judicial y sustracción de menor”.

Abogado defensor Lizárraga

El abogado defensor del padre, Dr. Andrés Lizárraga, según trascendió de fuentes confiables, contaría con presuntas causas penales en su haber y habría sido procesado por violencia de género, con portación de tobillera electrónica, dado que habría sometido a una golpiza a su esposa, Dra. Jéssica Serrano, que forma parte del núcleo de poder o privilegio del empresario e intendente electo justicialista de Las Termas de Río Hondo, Mingo Gatella.

Según trascendió, de las investigaciones realizadas, agotadas profesionalmente por la Justicia de Crimen de Termas de Río Hondo, se descartaron de plano, por carecer de elementos sólidos, las acusaciones vertidas por Lizárraga, de presuntas incursiones de la madre en ritos africanistas y de un entorno de amigos complicados, llegando a vincular al fiscal de primera instancia que intervino, el Dr. Oscar Rafael Zanni, y se apartó de la prosecusión de la causa por “violencia moral”, estrategia de fondo que procuraba ello y lo logró la defensa. Zanni, fue relevado por la Dra. Dahiana Pérez Vicens.

Fue más allá la defensa del padre que sumó a la causa supuestos dichos del niño involucrando en las acciones reñidas con la moral a policías en presuntos abusos sexuales en rito africanista.

Según se supo del estudio social y psicológico practicó a la madre, incluso a su entorno, se concluyó que es una mujer dedicada a la atención del menor. Trabaja de preceptora y en su casa atiende con amor, respeto y esmero a su hijo.

La argumentación creada, para rodear de presuntos delitos a la madre del menor, habría sido armada por un tercero, padrino del niño, un ciudadano con residencia en La Plata, de nacionalidad mejicana que, con importante poder económico, que sería integrante del Holding Económico Financiero de LN+, sería quien sostendría económicamente a la familia paterna para afrontar el pago de servicios del Hospital Garraham.

El ciudadano, a quien se le atribuiría la autoría intelectual de las acciones desplegadas por el padre y el abogado defensor, con el objeto presunto de quitar la tenencia del niño a la madre, como lo presume la abogada de la madre, habría sido identificado como Mario R. Nicolini, quien ya no se encontraría en el país, sino en las tierras del sol, del turismo y del tequila.

Primeras acciones

El fiscal de Crimen, Dr. Oscar Zanni, en cumplimiento del protocolo de protección de menores, solicitó, entre otras medidas, que el padre concurra con el menor para que, este último, sea examinado en “Cámara Gesell”.

Las determinaciones de fiscalía de crimen, fueron avaladas por el juez interviniente, Dr. Diego Vittar, fracasaron en tres oportunidades, por cuanto el padre del niño, ante la primera citación, se dio a la fuga desde el hotel Aranjuez, donde estuvo de pasajero, y es el lugar donde estableció domicilio legal. Se citó a Cámara Gessell, los días 24 de julio y 21 y 28 de agosto y nunca concurrió.

Según las fuentes consultadas “el día de la primera Cámara Gessel, el 24 de julio último, todo estaba preparado, con seguridad y profesionales afectados, en un espacio más o menos blindado. Y resulta que el padre y el niño no llegaban. Lo llaman por teléfono al padre. Contesta tres veces. Que estaba en Santiago del Estero, y que se había demorado por unos trámites. Después contesta que ya estaba llegando. Después contesta que estaba a una cuadra. A media cuadra. A diez metros. Nunca llegó”.

Lo cierto es que, el padre actualmente detenido, eludió el accionar de la Justicia viajó con el niño con destino a Buenos Aires, sin dar conocimiento alguno a la madre, y sin consentimiento de la misma, dado que así lo ordena la patria potestad compartida.

Mientras el padre está detenido en Las Termas de Río Hondo, el menor al momento sique en internado en el Hospital Garrahan, y nadie sabe porque el padre lo llevó a dicho nosocomio y no a otro. Tampoco se conocen las razones o motivos de su internación que es seguida de cerca por el entorno del padre.

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