06.10.26 Según se supo el niño y el padre estarían desaparecidos. Geréz, reclamó que el menor sea trasladado nuevamente a Santiago del Estero, al entender que es esta provincia la que debe ejercer la jurisdicción sobre el caso. La funcionaria sostuvo que sus planteos destinados a resguardar el interés superior del niño no habrían sido atendidos, evitar que el menor sea objeto de la instrumentalización o manipulación de adultos y cuestionó especialmente el procedimiento desarrollado en la Cámara Gesell practicada en la Ciudad de Buenos Aires. En efecto, la defensora oficial, Dra. Ana Silvia Geréz, realizó este lunes 5, una extensa y enjundiosa exposición ante la fiscal de Crimen, Dra. Dahiana Pérez Vicens y el Juez de Control y Garantías, Dr. Diego Vitar, en ocasión de una audiencia virtual (contradiciendo una Acordada del Superior Tribunal de Justicia que deben ser audiencias presenciales) para analizar la detención preventiva de los 4 detenidos, Cardozo, la madre, la tía y la abuela del menor Alonso. De resultas de la audiencia las tres mujeres continuarán detenidas preventivamente, según lo informó el magistrado por los supuestos delitos de «corrupción de menores y abuso sexual agravado por el vinculo». Lo cierto es que, si se toman como ciertos los dichos del menor, el fiscal Dr. Rafael Zanni, no fue detenido, como tampoco los policías sindicados en los ritos umbanda. Indudablemente, hubo manipulación psicológica del menor, por cuanto en Cámara Gesell no supo precisar detalles que determinen haber participado de acto sexual alguno en el que habría estado la madre y él también sometido. Lo relevante de las ultimas horas es una denuncia de la comerciante Candela Medina que habría tenido acceso circunstancialmente al nuevo celular del padre del niño y habría observado fotos y conversaciones que consideró relevantes para la investigación y se esperan determinaciones del ministerio Público Fiscal.
Párrafo aparte, el edificio de la Justicia de Termas de Río Hondo, una moderna edificación conjunción de acero, cemento y vidrio, hoy no cuenta con aire acondicionado y no dispone de salas de audiencias operativas, por lo que trabajan modo «pandemia». Los funcionarios compraron ventiladores personales y a pilas! Una temperatura moderada en Termas de Río Hondo en esta temporada supera la máxima los 40 grados Celsius.
La Dra. Ana Silvia Geréz, quien expuso finalmente, luego de varias intervenciones, invocó sólidas «razones de conciencia» para solicitar su apartamiento de la causa, que rechazó «in limine» el magistrado interviniente. Además, Geréz pidió la nulidad de actuaciones, la liberación de los detenidos preventivamente, cuestionó la validez de la Cámara Gesell realizada en Buenos Aires y reclamó que el niño regrese a la jurisdicción de Santiago del Estero, requerimiento incierto porque se desconoce el paradero del padre y del menor. Geréz considera que «es falso o inducido proseguir con esta causa con imputados privados de la libertad en base a una sindicación que no tiene corroboración periférica objetiva, y vulnera el derecho del niño a no ser instrumentalizado y a la verdad real».
Según trascendió, el magistrado dispuso una nueva diligencia para que se realicen pericias médicas y psicológicas al menor, habiéndose ya efectuado tres, a la que se opuso Geréz, porque se revictimiza al menor. Lo grave de todo, es que, sin conocimiento de la Defensora, la medida del Juez de Garantías, Dr. Diego Vitar, se mantuvo activa y Alonso y el menor no han sido encontrados al haber declarado, ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nro 82, un domicilio en el que aparentemente nunca estuvo o no existe.
El padre, con el concurso de la Justicia Nacional indicada, que intervino en primera instancia y que habría obstaculizado la causa, solicitó a la Justicia de Familia de dicha jurisdicción, la restitución del menor Alonso. Así, a horas de haber obtenido la libertad Alonso retiró a su hijo, por orden judicial, del Hospital Garraham. Poder, dinero o fuerte influencia del sólido empresario mejicano, Padrino del menor, permanece prófugo y, que según su madre, se encuentra en Asia. Lo cierto es que la Interpol lo tiene detectado en Brasil, país con el que Argentina no tiene tratado de extradición.
No es detalle menor que, cumplida la Cámara Gesell, el magistrado Diego Vitar dispuso allanamientos en los domicilios del Padrino empresario y de la madre de Alonso, en Mar del Plata, secuestrándose 12 celulares que deberían ser peritados. Para la defensora oficial, el Padrino del niño sería el autor intelectual de todas las acciones desarrolladas por Alonso, propiciando en todo momento que el menor quede en Buenos Aires o en Mar del Plata, que era sustantivo que lo lleve a otra jurisdicción fuera de Las Termas de Río Hondo, para gestionar la tutela del menor al padre. Incluso, se paseó en un medio porteño exhibiendo el caso judicial hasta con fotos del menor. Los chats en el celular de Alonso así lo indicarían, según las fuentes consultadas.
Cabe puntualizar que, el ministerio de la Defensa o Tutelar, sin ninguna respuesta del ministerio Público Fiscal ni del magistrado interviniente, solicitó oportunamente una perimetral para Alonso, por 120 días, al tener sobre sus espaldas seis causas por violencia de género con informes psicológicos muy comprometedores sobre su comportamiento, blindando así el acercamiento al niño. El viernes previo al lunes de la liberación de Alonso, anunciada con bombos y platillos, a horas de haber vuelto la comitiva de la audiencia en CABA, los celulares sufrieron un apagón y no hubo respuestas para Geréz.
Según se supo, la Dra. Ana Silvia Geréz logró el testimonio de 20 personas, que estuvieron en el cumpleaños del 24 de julio, y aseguraron que el niño nunca estuvo solo. Tampoco se demostró lo indicado por el menor sobre los ritos umbandas donde habrían sometido a su madre y a él. De los allanamientos practicados no se logró resultado alguno.
Y Candela….
Una nueva denuncia incorporada al planteo. El escrito incorpora además un elemento que, de confirmarse, podría abrir una nueva línea investigativa. La defensora tutelar manifestó haber tomado conocimiento de una denuncia que habría sido formulada ante el Ministerio Fiscal por una comerciante identificada en la presentación como Candela Medina.
Según lo relatado en el escrito —extremo que deberá ser corroborado judicialmente—, la mujer habría tenido acceso circunstancialmente al teléfono celular del padre del niño y habría observado fotos y conversaciones que consideró relevantes para la investigación. A partir de esa información, la representante tutelar reclamó que se profundice esa hipótesis, que se cite a la denunciante y que se investigue tanto al progenitor como a otras personas mencionadas en el expediente.
La presentación no implica que esas afirmaciones hayan sido judicialmente comprobadas ni que exista responsabilidad penal determinada respecto de las personas señaladas. Se trata, hasta el momento, de planteos y denuncias que deberán ser analizados por las autoridades competentes.
Candela Medina, según las fuentes, habría realizado la activación de un celular nuevo de Alonso donde observó fotos de niños en varios chats, con sangre entre sus piernas, lo que presuntamente lo vincularía a una red de pedofilia, lo que tendría que haber abierto otra instancia penal.
No alcanza la presunción
La presentación judicial sostenida verbalmente y de manera escrita por Geréz, según trascendió, de fuerte cuestionamiento a la investigación por el presunto abuso sexual del niño de 8 años oriundo de Termas de Río Hondo, caso que desde hace meses mantiene actuaciones judiciales tanto en Santiago del Estero como en Buenos Aires, dando como resultado 4 detenidos (ahora con Pedro Cardozo liberado por falta de mérito), por la sola «presunción» del acometimiento de un delito, producto de una versión de un menor en Cámara Gesell, no vinculante, sin haberse nunca determinado fehacientemente los escenarios indicados por el relato.
La defensora tutelar, que interviene en representación del menor, solicitó formalmente sea apartada de la causa, al considerar que se encuentra imposibilitada de continuar ejerciendo su función en las actuales condiciones. Para fundamentar su pedido invocó el denominado “derecho de conciencia”, con sustento en normas constitucionales y tratados internacionales sobre libertad de pensamiento, conciencia y religión.
En su exposición, la funcionaria sostuvo que sus planteos destinados a resguardar el interés superior del niño no habrían sido atendidos y cuestionó especialmente el procedimiento desarrollado en la Cámara Gesell practicada en la Ciudad de Buenos Aires. Según indicó, la entrevista habría tenido una duración aproximada de dos horas y quince minutos y aseguró que durante su realización había solicitado en más de una oportunidad que se diera por concluida.
A partir de ello, requirió la «nulidad de la Cámara Gesell», argumentando presuntos incumplimientos del protocolo de entrevista, y solicitó además una evaluación psicológica sobre credibilidad, fabulación e inducción, en el marco del conflicto familiar existente por la guarda del niño.
La defensora también expresó su rechazo a que el menor continúe siendo sometido a nuevas evaluaciones médicas o psicológicas, dado que se realizaron 3 (tres) (CIS Termas-resultado positivo-; equipo forense-resultado negativo y Hospital Garraham-resultado negativo), si estas no resultan estrictamente necesarias, al advertir sobre un posible escenario de revictimización. Asimismo, manifestó que, de acuerdo con la información que dijo haber conocido durante el expediente, existirían estudios médicos y psicológicos que —según su interpretación— no aportarían elementos suficientes para sostener la hipótesis de abuso sexual. Hace dos semanas atrás se publicaron las contradicciones entre los estudios médicos efectuados al menor en el CIS Termas y en el Hospital Garraham, que podrían arrastrar a reconocido médico del nosocomio estatal a una denuncia penal por el supuesto delito de «adulteración de instrumento público y falsedad ideológica».
Uno de los puntos centrales de la presentación está relacionado con la actual situación del niño. La representante tutelar cuestionó que permanezca junto a su padre en Buenos Aires pese a las medidas de protección que habían sido solicitadas previamente y reclamó que el menor sea trasladado nuevamente a Santiago del Estero, al entender que es esta provincia la que debe ejercer la jurisdicción sobre el caso.
Pedido de nulidades e investigación de funcionarios
La defensora fue aún más lejos y solicitó que se investigue la actuación de magistrados, funcionarios y operadores judiciales que intervinieron en las decisiones vinculadas con la competencia territorial, la guarda del menor y otras medidas adoptadas durante el proceso.
También reclamó la «nulidad absoluta de todas aquellas actuaciones que, según sostiene, se habrían desarrollado sin intervención efectiva del Ministerio Tutelar», y pidió que la situación sea puesta en conocimiento de instancias superiores.
Entre otras medidas, solicitó que se analice nuevamente la situación procesal del padre del niño y de otra persona mencionada como su Padrino, que se investiguen las circunstancias que rodearon diferentes decisiones tomadas durante el expediente y que se esclarezca la actuación de funcionarios judiciales que tuvieron participación en el trámite.
Finalmente, la representante tutelar reiteró su pedido de apartamiento y solicitó que se designe a otro defensor para representar los intereses del niño. Paralelamente, dejó expresada su oposición a las detenciones que considera arbitrarias y reclamó una revisión integral de lo actuado.
La presentación abre ahora un nuevo capítulo dentro de una causa particularmente compleja, atravesada por un conflicto de competencia entre jurisdicciones, denuncias cruzadas, medidas vinculadas con la guarda del menor y una investigación penal que todavía deberá determinar qué hechos cuentan con respaldo probatorio suficiente.
Será ahora el Juzgado interviniente el que deberá resolver los pedidos de apartamiento y nulidad formulados, así como determinar qué curso procesal dará a las nuevas denuncias y medidas solicitadas por la defensora tutelar.
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«HOY TODOS EN TERMAS SOMOS ESA PEQUEÑA CRIATURA DE 8 AÑOS QUE SE ENCUENTRA EN MANOS DE UN DEGENERDO CANALLA»
Por ultimo decir, que existe incompatibilidad, S.S. de mantener detenidos a personas por un hecho que este representante del menor dice que no ocurrió.- arts. 284 y 296 del CPP Santiago más art 75 inc 22 presunción de inocencia. Pacto de José de Costa Rica art 7 y 8.
Deseo dejar bien en claro que no defiendo a ninguno de los imputados a los cuales no los conozco, a la madre la he visto una vez, ESTOY PRETEGIENDO A UN MENOR DE UNA IMPUTACION CARENTE DE SUSTENTO legal.-
Solicito se IMPUTE EN LOS TERMINOS VERTIDOS EN ESTA PRESENTACION AL SR JUEZ CIVIL DE LA CIUDAD DE BS AS, QUE SE TOMO LA ATRIBUCION DE NEGAR LA JURISDICCION DESTE JUZGADO, A CUALQUIER SERVIDOR JUDICIAL DE ESTE JUZGDO QUE HAYA DECLINADO COMPETENCIA, QUEDA INCLUIDA LA JUEZA DE FAMILIA QUE DECLINO COMPETENCIA, DENUNCIO QUE SE LE DIO LA GUARDA AL PADRE EN BS AS, Y DEJAR AL DESCUBIERTO EL CONTUBERNIO QUE DENUNCIE EL PRIMER DIA DE ACTUACION ENTRE EL PADRE, EL PADRINO Y AUTORIDADES DE LA CABA.-
DENUNCIO TAMBIEN CUALQUIER TIPO DE INFLUENCIA QUE SE QUIERA O SE DESEE PONER DESDE ESTA PCIA EN CONTRA DE LA MADRE, QUE HA SID DEMOSTRADO DE MANERA SUPER ABUNDANTE QUE TIENE COMPARTAMIENTOS AUTORITARIOS, LA ABUELA NO LO CORROMPE AL MENOR, ESTO INDICADO POR LOS FORENSES DEL M.P.F DE ESTA PCIA, DE LAS CUALES LOS RESULTADOS NO ME HAN SIDO REMITIDOS PERO, A DISTINCION DE LO QUE SE PIENSA Y CREE CUENTO CON EL ACOMPAÑAMIENTO DE TODO O DE LA MAYORIA DEL JUZGADO QUE ME VAN ADVIRTIENDO LO QUE ESTARIA PASANDO EN MIS ESPALDAS
PORQUE HOY TODOS EN TERMAS SOMOS ESA PEQUEÑA CRIATURA DE 8 AÑOS QUE SE ENCUENTRA EN MANOS DE UN DEGENERDO CANALLA, SE LO HAGA COMPARECER AL ABOGADO QUE LO ESTUVO REPRESENTADO, S.S. LO LIBERE DEL DEBER DE GUARDAR SILENCIO PARA QUE SE SIENTE Y DIGA DE UNA BUENA VEZ COMO FUE CONCERTADA TODA ESTA PANTOMINA, EL DR ANDRÉS LIZARRAGA, BAJO CONDICION DE NO SOMETERSE, A DECIR LA VERDAD SERA PRIVADO DE SU LIBERTAD AMBULATORIA, Y SE PROCEDA TAMBIEN A ACUMULAR LOS PROCESOS ABIERTOS EN SU CONTRA.-
ES POR ESO QUE SOLICITO MI APARTAMIENTO. MI CONCIENCIA Y MIS CREENCIAS RELIGIOSAS ME VAN A OBLIGAR SEGUIR TOMANDO MEDIDAS EN LA MEDIDA QUE EL PODER JUDICIAL NO LE DE TRASCENDENCIA AL PODER DEL MINISTERIO TUTELAR.
SOLICITO LA NULIDAD ABSOLUTA DE TODAS LAS ACTUACIONES REALIZADAS HASTA EL MOMENTO, SIN LA PARTICIPACION DE ESTE MINISTERIO, SOLICITO SEA INFORMADA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, AL DR LORENZZETTI, PARA QUE SE TOMEN RECAUDOS LEGALES CNTRA LOS MAGISTRADOS DENUNCIADOS, Y CONTRA EL ABOGADO, QUE QUISO INTERVENIR Y NO PUDO Y POR UN POCO MAS ME BAJA UNA MANO.
Se lo cite dcfensor oficial, Dr. Giordano, para que preste declaración de su confuso proceder.
Se aclare penalmente la situación del Dr. Rafael Zanni, solicito que el mismo retome esta cuestión, se reitere el pedido de detención del Sr. Alonso y del Padrino, por los supuestos delitos de Falsa Denuncia, Asociación Ilícita, para sustraer a una menor de esta ciudad a Bs As, solicitar colaboración a Bs as para descubrir los nexos que existen para que esta situación se haya mantenido en el tiempo.
Solicito ser apartada de la causa y que se designe un nuevo defensor tutelar, y de no hacerlo esta cuestión sea debatida como debe ser. Estando en contra de estas detenciones Arbitrarias.